Reflexiones sobre el llamado

PLAN IBARRECHE

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Paras poder entender este Proyecto y el revuelo que ha suscitado en los medios políticos e informativos, debemos primero referirnos a lo que significa el nacionalismo. Es una ideología política que tiene como valor fundamental la defensa a ultranza de una NACIÓN, a la que se supone existente desde la más remota antigüedad, dotado de una identidad que permanece sin apenas cambios a través de los siglos. La esencia de esa identidad misteriosa varía según el Pueblo de que se trate: puede ser la raza, el idioma, la religión, la insularidad, etc. o una combinación de varios elementos.  Los factores determinantes son las Fronteras que se elevan a categoría sagrada definidora del Territorio y la diferenciación entre nosotros-los connacionales- y los otros –los extranjeros-. Todo nacionalismo postula a ultranza que la nación es un todo homogéneo y dispar de las otras naciones.

Presentación del PLAN . Foto: Cosmofoto

El auge de los nacionalismos en Europa tuvo lugar en el siglo XIX. Defienden en último término que toda nación tiene derecho a constituirse en un Estado independiente. Cuando se amparaba en un Estado ya existente -Gran Bretaña, Francia, España…-, lo que hacía era apoderarse de él, negar las diferencias seculares que se daban en su seno. Impuso obligatoriamente un idioma común, proscribiendo los otros y troqueló una conciencia nacional a través de dos instrumentos – la escuela oficial, enseñando una historia manipulada y el Ejército como nación en armas del servicio militar obligatorio-.  Los otros casos donde el nacionalismo no se amparaba en un Estado, o bien tendía a la unificación política –como Alemania o Italia- o buscaba la separación  de otro al que esta sometido –como los países del antiguo imperio austrohúngaro.

En el caso español, hemos de remontarnos a 1812, con las Cortes de Cádiz, cuando el  liberalismo consagró la nación española, predicando que ya no habría más castellanos, aragoneses, catalanes, etc., sino sólo españoles. Los intentos del nacionalismo español de homogeneizar a los diferentes Pueblos provocaron resistencias dispares, más acentuadas en los casos catalán y vasco. Tres circunstancias pueden explicar este hecho: la conservación de la memoria de sus instituciones de autogobierno –caso catalán- o la pervivencia de sus órganos forales en el País Vasco; el tener una lengua propia; y su desarrollo industrial. Esta resistencia al centralismo español va a producir la aparición de unos nacionalismos reactivos que mimetizan la estructura del central. 40 años de franquismo hipertrofiaron el afán unitarista; la democracia alumbró el Estado de las Autonomías de la Constitución vigente, intento de aglutinar los nacionalismos central y periféricos.

Dentro de ese contexto se produjo la aprobación por el Parlamento Vasco el día 30 de diciembre de 2004, de un Estatuto Político de la Comunidad de Euskadi. En su preámbulo, sienta el siguiente dogma:”Euskal Herría es un pueblo con entidad propia en el conjunto de los pueblos de Europa, depositario de un patrimonio histórico, social y singular, que se asienta geográficamente en siete territorios, actualmente articulados en tres ámbitos jurídicos diferentes ubicados en dos estados”. Dos comentarios a este principio, eje de su nacionalismo: desconoce tanto la vertebración del pueblo vasco con los demás pueblos hispanos, como su pluralidad interna, sin cuya consideración se mutila la historia.

De este axioma, se deriva la definición del. Territorio vasco: lo que actualmente comprenden los siete territorios más la posibilidad de que Treviño y Villaverde de Trucios se inclinen por su incorporación. ¿Acaso pueden admitir a la inversa que un municipio o comarca actualmente adscritos a Euskadi se separe de él si sus habitantes lo desean?.

Se define en este proyecto una ciudadanía y una nacionalidad vascas. Esta última “se reconoce oficialmente a todos los ciudadanos y ciudadanas vascas, de conformidad con el carácter plurinacional del Estado español…”, se prevé la compatibilidad de ambas nacionalidades vasca y española. Aquí hay un punto que no está claro. ¿Todos los ciudadanos de Euskadi tendrán ambas nacionalidades?. ¿O sólo una parte?. Y en un apartado titulado la Diáspora vasca, se confiere a todas las personas residentes en el exterior que hayan dispuesto de su última vecindad  administrativa en la Comunidad de Euskadi, así como a sus descendientes, si así lo solicitan la nacionalidad vasca y sus derechos políticos inherentes.

El Proyecto prevé representación directa de la Comunidad de Euzkadi en los órganos de la Unión Europea y sus que representantes formarán parte de las delegaciones del Estado en el Consejo de Ministros de la Unión Europea, para aquellos asuntos de su competencia exclusiva. Asimismo, para la defensa  y promoción de los intereses vascos, esta Comunidad podrá suscribir acuerdos, convenios y protocolos con instituciones y organismos internacionales…

Lo sustancial de esta reforma radica en que se establece “un modelo de relación con el Estado español, basado en la libre asociación y compatible con las posibilidades de un estado compuesto, plurinacional y asimétrico”. Esto se hace, dice, “en el libre ejercicio de su derecho de autodeterminación y de conformidad con el respeto y actualización de los derechos históricos…” En consecuencia con ello y como garantía se establece una Comisión Bilateral Euskadi-Estado, de composición paritaria. Asimismo dentro del Tribunal Constitucional habrá una Sala especial que se constituirá en Tribunal de Conflictos Euskadi-Estado.

Tomo nota. Foto: CosmofotoMis comentarios personales son:

1. El Proyecto choca frontalmente con el principio básico de la Constitución vigente que consagra la unidad de soberanía, atribuida a todo el Pueblo español en su conjunto, negando pues toda posibilidad de autodeterminación.

2. No exige una mayoría cualificada para su aprobación en referéndum. Resulta extraño que un cambio de tal magnitud pueda hacerse por simple mayoría de los votos emitidos válidamente.

3. La amenaza de convocar ilegalmente tal referéndum si el Parlamento español rechaza el Proyecto, supone un salto cualitativo de desobediencia institucional de imprevisibles consecuencias jurídicas y políticas.

4. La existencia amenazante de ETA y sus continuos atentados hacen inviable la posibilidad de una consulta libre y pacífica sobre esta materia tan trascendente.

5. A estas alturas históricas, juzgo injusto que este Proyecto se presente como un Pacto bilateral entre Euskadi y el Estado. Opino que todos los demás Pueblos hispanos tienen derecho a intervenir en una discusión y decisión multilateral pues nos afecta a todos.

6. Este Proyecto tiene una agravante en forma de Disposición Adicional, bajo el título Reserva de Derechos: “La aceptación del presente Estatuto no implica renuncia del pueblo vasco a los derechos que como tal le corresponden en virtud de su historia, ni renuncia al ejercicio del derecho de libre determinación en función de su propia voluntad democrática”. Es hora de decir que no existen tales derechos históricos de ese sujeto, recién creado políticamente que es el Pueblo vasco. Hubo sí derechos históricos de sus instituciones forales cuyo alcance territorial era los llamados Territorios que hoy componen esa Comunidad. Y derechos históricos tenían también los demás Pueblos que componen España, aunque el centralismo acabase con ellos.

 

                                                                         Pedro Zabala

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